La Interpretación supone la intermediación lingüística oral de uno o varios intérpretes en actos cuyos participantes no puedan o no deseen expresarse o entenderse en un mismo idioma.
En el marco de sus ámbitos de especialización y de sus idiomas de trabajo, Exhibit organiza y presta a sus Clientes Servicios de Interpretación Consecutiva poniendo a su disposición equipos de intérpretes profesionales de la máxima competencia y experiencia especialmente seleccionados para garantizar la eficacia de cada servicio específico.
Por su carácter oral y la inmediatez inherente al servicio, las competencias lingüísticas y las técnicas aplicadas por el intérprete profesional difieren sustancialmente de las atribuibles al traductor, por cuanto éste se limita a la lengua escrita y su actividad le permite llevar a cabo la necesaria labor de documentación, investigación terminológica, revisión, rectificación y consulta dentro del plazo de ejecución acordado para la entrega de la traducción. En el caso del intérprete, la labor documental y terminológica debe ser previa a la prestación efectiva del servicio y su capacidad de revisión, rectificación y consulta es mínima.
El grado de especialización y la dificultad intrínseca que reviste la organización y prestación cabal de Servicios de Interpretación en materia jurídica y financiera hace de la cooperación del Cliente un elemento crucial para su éxito, especialmente en materia de programación anticipada del servicio, documentación e información completa sobre las circunstancias, objetivos y participantes en el acto.
En consecuencia, Exhibit se reserva el derecho a declinar cualquier propuesta cuyas condiciones de partida considere que no reúnen los requisitos necesarios para garantizar la prestación eficaz y efectiva del servicio.
La Interpretación Consecutiva es la modalidad de interpretación más adecuada al tipo de actividades propias de su clientela y a sus ámbitos de especialización y está particularmente indicada en los siguientes casos, pero limitada a que el número de idiomas de trabajo no sea superior a dos:
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